Clasificación de Mercancías IMO
Guía para la clasificación correcta de mercancías peligrosas y su transporte seguro
Las mercancías peligrosas, también conocidas como mercancías IMO (International Maritime Organization), son sustancias que debido a sus características y propiedades presentan un riesgo significativo para la salud y seguridad de las personas.
Estas mercancías se dividen en 9 clases distintas, basadas en su naturaleza y nivel de peligro. Es importante señalar que la numeración de las clases no indica el grado de riesgo; por ejemplo, las mercancías de clase 1 (explosivos) pueden ser tan peligrosas como las de clase 7 (radioactivos), ya que el riesgo está vinculado a aspectos técnicos y químicos específicos.
Clasificación de Mercancías IMO
Mercancías IMO
Para transportar mercancías IMO, los contenedores deben tener etiquetas visibles en sus cuatro lados que indiquen la clase y número IMO correspondiente. A continuación, se detalla cada clase:
Clase 1. Explosivos
Esta categoría incluye diferentes tipos de explosivos según su potencial de explosión masiva, proyección o incendio. Ejemplos incluyen bombas, cohetes, detonadores, fuegos artificiales, municiones, y bengalas.
- División 1.1. Objetos con riesgo de explosión masiva.
- División 1.2. Riesgo de proyección sin explosión masiva.
- División 1.3. Riesgo de incendio y efectos de onda de choque.
La etiqueta de estas divisiones muestra una bomba explotando en color negro sobre fondo naranja, y el número 1 en la esquina inferior.
- División 1.4. Riesgo mínimo.
- División 1.5. Poco sensibles con riesgo de explosión masiva.
- División 1.6. Extremadamente poco sensibles sin riesgo de explosión masiva.
Las etiquetas tienen el número de división en negro sobre fondo naranja y el número 1 en la esquina inferior.
Clase 2. Gases
Los gases pueden ser licuados, comprimidos o refrigerados y se clasifican en asfixiantes, comburentes, inflamables o tóxicos, según sus propiedades.
- División 2.1. Gases inflamables como propileno, etano o butano. La etiqueta muestra una llama en negro o blanco sobre fondo rojo y el número 2 en la esquina inferior.
- División 2.2. Gases no inflamables y no tóxicos como el helio o el oxígeno. La etiqueta muestra una botella de gas en negro o blanco sobre fondo verde y el número 2 en la esquina inferior.
- División 2.3. Gases tóxicos como el cloro, con un símbolo de calavera y tibias cruzadas en negro sobre fondo blanco. El número 2 se muestra en la esquina inferior.
Clase 3. Líquidos inflamables
Incluye líquidos inflamables y explosivos líquidos insensibles, como aguarrás, gasolina, pinturas, y barnices. La etiqueta tiene una llama en negro o blanco sobre fondo rojo y el número 3 en la esquina inferior.
Clase 4. Sólidos inflamables.
De acuerdo a sus propiedades se dividen en:
- **División 4.1.**Materias sólidas inflamables, autorreactivas o explosivas desensibilizadas. Estas pueden reaccionar espontáneamente. Su etiqueta debe contener el símbolo de una llama en color negro sobre un fondo blanco con siete franjas rojas verticales y el número 4 en el ángulo inferior.
- División 4.2. Sustancias espontáneamente inflamables. Pueden inflamarse al calentarse espontáneamente, cuando entran en contacto con el aire o mientras se transportan. Estas pueden ser: carbón, virutas de metal ferroso, algodón húmedo, etc. Su etiqueta debe contener el símbolo de una llama en color negro sobre fondo color blanco en la mitad superior y rojo en la mitad inferior, con el número 4 en el ángulo inferior.
- División 4.3. Sustancias que al contacto con el agua desprenden gases inflamables. Entre los materiales más comunes dentro de ésta clasificación se encuentran: sodio, potasio, carburo, etc. Su etiqueta debe contener el símbolo de una llama en color negro o blanco sobre un fondo azul y el número 4 en el ángulo inferior.
Clase 5. Comburentes y peróxidos orgánicos.
De acuerdo a sus propiedades se dividen en:
- División 5.1. Comburentes. Líquidos o sólidos que favorecen la combustión, pueden favorecer el desarrollo de incendios. Un ejemplo es el nitrato amónico. Sus etiquetas deben incluir el símbolo de una llama sobre un círculo en color negro sobre un fondo amarillo y el número 5.1 en el ángulo inferior.
- División 5.2. Peróxidos orgánicos. Se derivan del peróxido de hidrógeno. Estas sustancias, por ser sumamente peligrosas, solo se pueden cargar en una unidad de carga en determinadas cantidades. Su etiqueta debe contener un símbolo de llama en color blanco o negro sobre un fondo color rojo en la mitad superior y amarillo en la mitad inferior, así como el número 5.2 en el ángulo inferior.
Clase 6. Tóxicos.
De acuerdo a sus propiedades se dividen en:
- División 6.1. Sustancias tóxicas. Pueden causar la muerte por inhalación, absorción cutánea o ingestión. Un ejemplo de éstas es el metanol o el cloruro de metileno. Su etiqueta debe tener el símbolo de una calavera sobre dos tibias en color negro sobre un fondo blanco (igual que la etiqueta 2.3 para gases tóxicos), se distingue por el número 6 de la parte inferior de la etiqueta.
- División 6.2. Sustancias infecciosas. Contienen agentes patógenos (microorganismos) que pueden provocar enfermedades. Algunas pueden ser: muestras de diagnóstico, material para confección de vacunas, secreciones, sangre, excremento, cultivos de laboratorio, etc. En la mitad inferior de su etiqueta podría llevar la leyenda: “Sustancias Infecciosas” o “En caso de daño, derrame o fuga, avisar inmediatamente a las autoridades sanitarias”. La etiqueta también debe incluir el símbolo conformado por tres lunas crecientes, superpuestas sobre un circulo, en color negro sobre un fondo blanco, así como el número 6 en el ángulo inferior.
Clase 7. Material Radioactivo.
Contienen radionucleidos, como puede ser el uranio, putanio o el torio. Las etiquetas para este tipo de sustancias se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
- Categoría I. Para bultos con un máximo nivel de radiación en la superficie de 0.5 milirem/h o para contenedores que no contengan bultos con categorías más altas. Su etiqueta desde ser blanca con un símbolo de trébol color negro, bajo éste debe ir obligatoriamente la leyenda: “Radioactivo” seguida de una pequeña barra vertical roja; después deben ir los siguientes datos: “Contenido…cantidad…actividad”, así como un número 7 en el ángulo inferior.
- Categoría II. Para bultos con un nivel de radiación en la superficie mayor a 0.5 milirem/h, sin exceder los 50 milirem/h. El índice de transporte no debe exceder de 1.0, o para contenedores donde el índice de transporte no exceda a 1.0 y no contenga bultos visibles de categoría III.
- Categoría III. Para bultos con un nivel máximo de radiación en superficie de 200 milirem/h, o para contenedores cuyo índice de transporte sea menor o igual que 1.0 y que transporte bultos visibles de categoría III. La etiqueta de ambos deber ser de color amarillo con borde, en la mitad superior, y blanco en la mitad inferior. Su símbolo debe ser un trébol en color negro, y también debe incluir de forma obligada, la leyenda: “Radioactivo” seguida de dos o tres barras pequeñas verticales (según su categoría). Posteriormente debe contener los datos “Contenido y actividad”, seguido por un recuadro de borde negro con la frase ”Índice de transporte”, así como un número 7 en el ángulo inferior de la etiqueta.
- Categoría IV. Materiales fisionables. Su etiqueta debe ser blanca con la leyenda (obligatoria): “FISIONABLE” en color negro, en la parte superior, y en la parte un inferior, un recuadro que diga “Índice Cuidado Crítico” y el número 7.
CLASE 8. Corrosivos.
Estas sustancias son de efecto destructivo al contacto, es decir, dañan el tejido de la piel. Algunos sustancias pueden ser: ácido sulfúrico o hipoclorito sódico. Su etiqueta debe tener un símbolo con dos tubos de ensayo vertiendo líquido sobre una mano y un metal, el fondo superior debe ser color blanco y el fondo inferior negro con el número 8.
Clase 9. Objetos peligrosos diversos.
Estos suponen algún tipo peligro no contemplado en los anteriores, como pude ser el caso de dioxinas, pilas de litio, hielo seco, etc. Su etiqueta debe ser de color blanco con 7 franjas verticales negras en la mitad superior, y el número 9 subrayado en la esquina inferior.
Es importante mencionar, que todas las etiquetas sin excepción, deberán ser en forma de rombo y tener dimensiones mínimas de 100 mm x 100 mm. Únicamente si la dimensión de los bultos lo exige, las etiquetas podrá tener dimensiones reducidas, siempre y cuando sean visibles.